Fernando Castañeda, ministro de Justicia y Derechos Humanos, explicó cuáles son las sanciones penales por no acatar la cuarentena nacional y el toque de queda.
“Constantemente leo sus consultas e inquietudes en redes sociales. Una que es recurrente es si las personas que incumplen las medidas del Gobierno para combatir el COVID-19 tendrán alguna sanción”, escribió el titular del Minjus a través de sus redes sociales.
Señaló que el Código Penal establece que quienes hagan caso omiso a las acciones dispuestas para evitar la propagación de una enfermedad o pandemia pueden ser pasibles de una pena privativa de la libertad entre 6 meses a 3 años.
Agregó que todas las personas detenidas por quebrantar el aislamiento social obligatorio, sin justificación contemplada en la norma, serán registradas para que la Fiscalía las identifique y evalúe los hechos, pudiendo afrontar una investigación por este tipo de conductas.
Por otra parte, el ministro Castañeda mencionó que las personas que han sido diagnosticadas con coronavirus e incumplen la cuarentena podrían ir a prisión de 3 a 10 años.
“En caso de que los contagiados por esta persona sufran secuelas graves o fallezcan a causa de la enfermedad, el autor de este delito podría ser sancionado con una pena privativa de la libertad entre 10 a 20 años”, sostuvo.
Por último, el titular de Justicia y Derechos Humanos enfatizó que el Gobierno no permitirá que «las actitudes irresponsables de quienes desacaten las medidas queden impunes”.
“No permitiremos que la vida y la salud de los más vulnerables sean puestas en riesgo”, expresó. Tanto el aislamiento e inmovilización social obligatorios rigen hasta el domingo 12 de abril en todo el Perú.
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