viernes, noviembre 22, 2024
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Coronavirus en Perú: Minsa advierte que familiares no deben tocar cadáver de fallecido por Covid-19

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El Ministerio de Salud estableció que por ninguna razón los familiares deben manipular o tocar el cadáver de un ser querido fallecido por coronavirus en su domicilio hasta que el Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres (EHRC) realice el manejo respectivo.

El cadáver debe pasar por un proceso especial de manejo que solo expertos pueden realizar para evitar el riesgo de contagio a la familia, manifestó a la agencia Andina el director ejecutivo de Control y Vigilancia de la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa), Elmer Quichiz.

“Si bien la mayoría de fallecimientos ocurre en los establecimientos de salud, los que sucedan en los hogares o en la calle merecen también un trato cuidadoso para evitar el contagio por la nariz o por contacto. Por esa razón, lo primero es no tocar el cadáver. Los comandos humanitarios son responsables de manejarlos”, indicó.

El segundo paso es llamar al teléfono 105 de la Policía Nacional, el cual coordinará con la autoridad sanitaria de la jurisdicción para que el equipo humanitario acuda el domicilio en el menor tiempo posible.

Estas consideraciones están consignadas en el Protocolo de manejo de cadáveres Covid-19, documento que busca asegurar el traslado hacia un crematorio o cementerio en caso no hubiera uno disponible para la familia.

Los EHRC estarán conformados por un médico cirujano, un trabajador de salud ambiental, un chofer y personal de apoyo, quienes contarán con una movilidad, equipos de protección personal (EPP) y material necesario para la preparación del cadáver (bolsa hermética, solución desinfectante, pulverizador, entre otros).

El personal sanitario será el encargado de manejar el cadáver y colocarlo dentro de una bolsa hermética. Una vez cerrada la bolsa, no debe abrirse por ningún motivo pues será desinfectada por fuera antes de colocarse en un féretro para ser cremado o inhumado (entierro o colocación en nicho). El equipo humanitario deberá llegar máximo en 24 horas, señaló Quichiz.

Si fallece en la calle

En caso de fallecer en la calle, su familiar o la persona que solidariamente lo asista tampoco debe tocarlo, debe haber “cero contacto”, refirió. El pariente deberá comunicarse con la Policía Nacional a través del 105 o la comisaría más cercana para que inmediatamente se active la autoridad sanitaria y, con ella, el comando humanitario.

“El cada integrante del equipo humanitario estará con sus equipos de protección personal (mascarilla, guantes, gorro,botas, protector facial, mandilón) y será el único que manipulará el cadáver, pues lo colocará en una bolsa hermética que sellará para evitar que se abra. Luego deberá rociarla con lejía”, señaló.

Cuando se trate de pacientes fallecidos en la calle sin seguro de salud, el financiamiento para su cremación o inhumación será asumido por el Seguro Integral de Salud (SIS), el cual realizará las acciones administrativas y financieras que correspondan.

Si existiera evidencia de que un acto criminal provocó el fallecimiento, el profesional de salud dará cuenta al Ministerio Público para que autorice la necropsia de ley, la que se realizará con los cuidados exigidos.

El Minsa ha flexibilizado el trámite documentario y ha dispuesto que sólo será necesaria la presentación del Certificado de Defunción y copia del DNI o Carné de Extranjería del occiso; los demás documentos que se requieran serán subsanados al término de la emergencia sanitaria.

Este protocolo está establecido por la modificatoria de la Directiva Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA, aprobada por Resolución Ministerial N° 100-2020-MINSA. Andina.

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