La tarde de ayer, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó el Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para hoteles categorizados. Esta mañana, se hizo lo propio con los criterios necesarios para la reanudación de las actividades de estos establecimientos luego de la cuarentena.
A través de una norma publicada hoy en El Peruano, dicho sector emitió los requisitos que se deberán seguir en este rubro para evitar casos de contagio de coronavirus.
1. En primer lugar, para la reanudación del servicio de hotelería el local deberá estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes, contar con licencia municipal de funcionamiento y certificado de clasificación y categorización vigente.
2. Otro de los requisitos, es que la empresa debe contar con más de seis trabajadores. Asimismo, se deberá reportar al Mincetur las incidencias sobre la detección de casos de COVID-19 entre su plana de trabajadores.
3. Los hoteles deberán seguir los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19 aprobados por el Ministerio de Salud (Minsa), así como seguir el plan para la vigilancia, prevención y control de coronavirus 9 en el trabajo.
4. Para volver a operar, se deberá enviar una solicitud al Mincetur a partir del próximo 11 de mayo a la plataforma virtual que se encuentra habilitada en el siguiente link. La fecha del reinicio de actividades dependerá del día asignado al momento del registro.
5. La fiscalización y control estará a cargo de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, en coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales.
A estas condiciones se agrega que los servicios de gimnasio, spas, masajes, bares, piscinas, peluquería, tiendas y galerías ubicadas al interior del hotel, así como salones de eventos y áreas comunes no podrán abrir para evitar aglomeraciones.
Estrella Digital