Dos recursos excepcionales presentados en mayo por Rafael Vela Barba contra la excarcelación de Keiko Fujimori por el caso Odebrecht, serán revisados por la Corte Suprema de Justicia con el fin de precisar varios puntos que cuestionó entonces el Ministerio Público.
Esta tarde, la Segunda Sala de Apelaciones que liberó a Keiko Fujimori en abril último, accedió a la petición del Equipo Especial Lava Jato para elevar las casaciones y sea la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema la que evalúe si la investigada por lavado de activos debe continuar o no en libertad.
En las primeras semanas de mayo, después de que se dictaran restricciones a Fujimori Higuchi, el fiscal Vela planteó dos recursos para que en principio, se revoque la audiencia de apelación que se convocó y tuvo como consecuencia la liberación de la procesada. Se sustentó en aquella oportunidad que la impugnación de la defensa de Keiko Fujimori se había presentado fuera de plazo.
Otra casación, en cambio, apuntaba a los criterios que condujeron a la Segunda Sala de Apelaciones a anular la prisión preventiva que tenía Keiko Fujimori por 15 meses desde enero pasado. Allí la Fiscalía hizo hincapié en que se que se aclaren los fundamentos de “arraigo posesorio”, la supuesta “falta de diligencia” fiscal que aluden los jueces en su resolución, así como el peligro de fuga y obstaculización.
Una vez que los jueces superiores han concedido el recurso de casación y elevarlo a la Corte Suprema, este tribunal analizará primero las cuestiones formales de los pedidos. Es decir, si cumplen con los requisitos para ser atendidos.
Luego, tras este primer examen, se convocará a una audiencia pública para que se discuta el fondo de las casaciones, como el por qué se convocó a la audiencia de apelación de Keiko Fujimori y por qué se le dictó comparecencia restringida. Ambos filtros suelen tardar entre 7 u 8 meses aproximadamente.
Estrella Digital