sábado, noviembre 23, 2024
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«Las autónomas tenemos que elegir entre ser madres o desarrollar nuestra carrera profesional»

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La situación laboral de la trabajadora autónoma se ha visto perjudicada tras la entrada de las últimas normativas y la sentencia que elimina a las mujeres autónomas el derecho a la maternidad durante los 90 días posteriores a la baja. La Unión de Asociaciones de Trabajadoras Autónomas y Emprendedoras, UATAE Mujer, pone de manifiesto los datos resultantes de los procesos de baja por riesgo durante el embarazo. De estos datos, para UATAE Mujer, se evidencian las dificultades que las mujeres tienen a la hora de compatibilizar sus actividades profesionales con la creación de una familia.

Según estos datos solo 802 del 1.400.000 mujeres autónomas causaron baja por riesgo en el embarazo, el 0,05%, frente a las 18.568 trabajadoras por cuenta ajena (el 0,3%) de los 6.000.000 dadas de alta en el Régimen General. 

María José Landaburu, Secretaria General de UATAE, ha mostrado su preocupación por la situación de aquellas autónomas que quieren ser madres, que o bien se ven obligadas a renunciar a este derecho fundamental, o ponen en riesgo sus embarazos, y que además se encuentra con una modificación en sus beneficios que les deroga las bonificaciones en contingencias comunes en los primeros doce meses después de su incorporación a la actividad.

¿Cuál es la situación actual de la mujer autónoma?

Las mujeres autónomas suponen ya más de un tercio del colectivo (el 34,%) como consecuencia de la creciente incorporación durante la crisis al autoempleo al cerrárseles las posibilidades en el mercado laboral ordinario. Sin embargo, esta incorporación no se produce en términos de igualdad en relación con los hombres autónomos por cuanto existen aun barreras infranqueables en el acceso al autoempleo en cuanto a sus mayores dificultades a la hora de obtener financiación y de incorporarse a todas las actividades que pueden realizarse por cuenta propia, así mientras que la formación de las mujeres es mayor que las de los hombres en términos generales, siguen relegadas al sector servicios en la rama de las asistencias personales, o el comercio. Por otro lado, la diferencia en cuanto a los ingresos que perciben con respecto a los hombres se cifra en un 27% menos.

¿Qué derechos ha perdido la mujer trabajadora autónoma madre con la nueva normativa?

En cuanto a los derechos socio profesionales y a la protección pública, en los últimos años, y fundamentalmente a partir de la Ley de Igualdad y el Estatuto del Trabajo Autónomo las autónomas habíamos empezado el camino de equiparación con las asalariadas, muy especialmente en cuanto a la maternidad. Sin embargo, las ultimas reformas del Gobierno, y alguna sentencia judicial han dado al traste con ese estatus de protección, por cuanto por un lado se han suprimido los incentivos a la incorporación a la actividad en el año siguiente a la maternidad, así como la imposibilidad de solicitar la prestación en los 90 días siguientes a la baja como autónomas. Pensemos en todas las mujeres que ante el embarazo han tenido que cesar en su actividad para dar a luz, y que se ven ahora más lejos su posibilidad de reincorporarse, junto con las que lo están haciendo ahora con serias dificultades y cesarán, sin paro, y a menudo con deudas. Tradicionalmente las autónomas hemos tenido que elegir, o ser madres o seguir desarrollando nuestra carrera profesional o empresarial, (de hecho las autónomas menores de 35 años no llegan al 19,45% del total, mientras que las mayores de 50 son el 37,59%), con las medidas de protección y fomento eliminadas el 13 de Julio pasado se pretendía invertir la tendencia y que las mujeres no tuvieran que hacer un parón tan importante en sus actividades y pudieran crecer como profesionales o autónomas antes de los 50 años. Estas derogaciones son un paso atrás, a partir de ahora la maternidad volverá a ser en muchos casos sinónimo de renuncia a la actividad.

¿Qué mecanismos propone UATAE al Gobierno para facilitar una conciliación laboral y familiar  a las autónomas?

Desde luego rehabilitar la bonificación de la cuota durante el año siguiente a la incorporación a la actividad  tras la maternidad ahora derogada; que puedan solicitar la prestación como estaba previsto en los 90 días siguientes a la baja; revisar la legislación en materia de riesgo durante el embarazo que hace imposible casi su solicitud como nos muestran las estadísticas que indican que las asalariadas solicitan estas bajas 6 veces más que las autónomas (0,05 frente a 0,3); ayudas a las contrataciones que las autónomas tienen que hacer en sus sustituciones para poder cobrar la prestación por maternidad o garantizar el percibo de prestaciones por parte de las mutualistas.

Patricia Vico

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