Después de este suceso surgen interrogantes sobre los requisitos que se exigen para conseguir los permisos que autorizan a usar armas de fuego y quiénes pueden obtenerlos.
TIPOS DE LICENCIAS
En España, la tenencia y uso de las armas de cualquier categoría está amparada por la expedición de una licencia. Dependiendo del uso que se le vaya a dar es necesario obtener una categoría u otra, han informado a Efe fuentes de la Oficina Periférica de Comunicación de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad de la Guardia Civil.
Los cuatro tipos de licencias más comunes entre los particulares son: B (armas de fuego cortas), E (armas largas para caza y tiro deportivo como escopetas y carabinas), D (armas largas para caza mayor como rifles) y F (armas cortas o largas de tiro deportivo de afiliados de federaciones deportivas).
Actualmente, hay 1.344.708 licencias de estas cuatro categorías y un total de 2.634.527 armas registradas.
Una persona puede tener varias licencias pero solo una de la misma categoría y tienen una vigencia de cinco años, tras los cuales hay que renovarla.
En ningún se podrán tener ni usar armas, sin ser titular de las licencias o autorizaciones correspondientes.
Para poder poseer un arma y tener una de estas licencias hay que ser mayor de 18 años. A los menores (más de 16 años) se les expide una autorización especial, solo para escopetas y carabinas, que deberán utilizar siempre en compañía de un tutor legal que tenga licencia de armas.
CERTIFICADO DE PENALES E INFORME PSICOTÉCNICO
Para obtener una licencia es necesario presentar la solicitud en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del interesado, junto con un certificado de antecedentes penales en vigor, fotocopia del DNI o tarjeta de residencia e informe de las aptitudes psicofísicas, similar al que exigen para obtener el carné de conducir.
También se requiere una justificación de la dedicación real del interesado a la caza o al deporte mediante las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas.
Una vez presentada la documentación, la autoridad competente realiza un estudio sobre la conducta de la persona para comprobar que no está ni ha estado relacionada con ningún acto delictivo.
Además, para la obtención de las licencias de armas E y D es necesario superar un examen previo sobre conservación, mantenimiento y manejo de las armas que realiza la Guardia Civil.
En el caso de la licencia F, el examen lo realizan las diferentes Federaciones de Tiro.
La vigencia de las autorizaciones está condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles. Si se comprueba en cualquier momento que se ha hecho un mal uso de la licencia o de las armas, se puede revocar. Durante el año 2020 se revocaron 1.914.
ARMAS POR INTERNET
En general no se pueden comprar armas por internet, salvo en páginas autorizadas o en armerías con catálogo ‘online’, pero para poder poseer una es necesario acudir a la Intervención donde se expedirá la guía de pertenencia, que es como el DNI del arma, que debe acompañarla en todo momento.
Si un particular vende una escopeta a otro, la transferencia y el cambio de titularidad hay que hacerlo a través de la Intervención de Armas, adonde acudirán ambos. El vendedor tendrá que llevar el arma con su correspondiente guía de pertenencia.
Si la adquisición se realiza a través de una tienda física, esta dará un certificado y depositará el arma en la Intervención para que expida la guía antes de entregarla al comprador. EFE
M.M.