sábado, noviembre 23, 2024
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El Senado flexibiliza el voto telemático para nuevas pandemias o catástrofes

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Sobre el papel, el Reglamento del Senado limita el empleo del voto a distancia a los supuestos de embarazo, maternidad, paternidad y enfermedad grave, pero el confinamiento y las restricciones por el coronavirus comportaron la aprobación de normas supletorias de la Presidencia para facultar su uso generalizado y excepcional.

Lo que ahora acaban de pactar todos los grupos del Senado es reconocer expresamente en esta norma el voto telemático para «supuestos extraordinarios como catástrofes, calamidades, crisis sanitarias o paralización de los servicios públicos esenciales» y para todos aquellos que impidan «la normal actividad parlamentaria».

Sin llegar a esos extremos, también se dan facilidades para que los senadores, además de los casos de embarazo, maternidad o paternidad, puedan votar de forma remota «en situaciones excepcionales o imprevisibles suficientemente acreditadas que impidan la presencia en dichas sesiones, como pueden ser accidentes, motivos de salud o asistencia a reuniones internacionales».

Estos epígrafes se incorporarán a una nueva redacción del artículo 92 del Reglamento e incluirán otro precepto que también había suscitado quejas de los senadores desde que en noviembre de 2013 se implantó el voto telemático, según el texto al que ha tenido acceso Efe.

Se trata de la posibilidad de votar a distancia todas las iniciativas sin excepción sometidas a discusión por el pleno, porque el reglamento solo deja hacerlo con aquellas que no pueden ser sujetas a cambios en su debate, dejando fuera a las mociones, por ejemplo; este extremo se modificó excepcionalmente por la Presidencia y ahora pasa a regularse de manera ordinaria.

La nueva redacción propuesta establece que la Mesa podrá autorizar el voto remoto en los plenos «cualesquiera que sean los asuntos incluidos en el orden del día y el tipo de votación».

Todos estos cambios están recogidos en una propuesta de reforma firmada por todos los grupos y que será aprobada en pleno en el actual período de sesiones para que entre en vigor antes del verano.

En la exposición de motivos se explica que la situación creada por la covid-19 obligó a aprobar dos normas supletorias de Presidencia en junio de 2020 y noviembre de 2021 para que todos los senadores pudieran votar sin tener que acudir a los plenos.

De hecho, todavía sigue en vigor el procedimiento telemático, que se aplica a todas las votaciones, estén o no los senadores presentes en el hemiciclo, donde el aforo se ha mantenido hasta el último pleno en el 75 por ciento.

La reforma hace hincapié en que los grupos consideran esencial «la observancia de la obligación de presencialidad en las sesiones plenarias», si bien admiten que «la experiencia acumulada en estos dos últimos años» permite avanzar en una regulación de voto electrónico a distancia «para el momento en que deje de ser necesario mantener limitaciones» en la afluencia de senadores.

A continuación, el documento explica que a los supuestos regulados desde 2013 se le añaden otros «en los que las circunstancias hacen imposible» la presencia de senadores en las sesiones plenarias, demás de extender su pronunciamiento a distancia a todos los asuntos debatidos, superando así las limitaciones fijadas entonces.

Por último, aclara que «por razones de cautela» se incorporan al Reglamento las previsiones ya establecidas en la última norma supletoria que el actual presidente de la Cámara, Ander Gil, aprobó en noviembre. EFE

 

A.M.

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