sábado, noviembre 23, 2024
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El Tribunal de la UE declara ilegal el canon digital aplicado en España

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) declaró que el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria.

«La aplicación del ‘canon por copia privada’ a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión», señaló la Corte con sede en Luxemburgo en su sentencia.

La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, anunció que tras ésta sentencia, el Gobierno buscará «una alternativa» junto a «los otros países europeos que se van a ver afectados» por el fallo judicial.
      
«Cuando conozcamos la sentencia en su totalidad se estudiará y nos sentaremos a hablar con todos los sectores involucrados», señaló González-Sinde en declaraciones a TVE al conocer el fallo.
      
La ministra añadió: «buscaremos, con los otros países europeos que se van a ver afectados por esta sentencia, una alternativa».
      
Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria.

Los consumidores no se fían

Las asociaciones de consumidores han coincidido hoy en considerar que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) que declara ilegal el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital siembra dudas sobre su aplicación a los particulares.

Estas asociaciones han criticado el hecho de que el fallo se refiera solo a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales, ya que «criminaliza al particular» al presuponer el tribunal que va a ejercer la piratería.

La portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu, ha señalado a Efe que la sentencia «abre un camino a lo que entendíamos que era una injusticia» y da por hecho que los consumidores que adquieran equipos de reproducción los van a utilizar «de manera delictiva».

«Si la sentencia dice que el canon no es conforme al Derecho comunitario para aquellos equipos que sean adquiridos por profesionales, es mucho menos conforme a Derecho en el caso de los consumidores», ha señalado.

A su juicio, el fallo judicial «hace una diferenciación tremenda y un agravio comparativo», aunque «abre un camino para seguir peleando por la injusticia de un canon que afecta a todos los usuarios».

Dacio Alonso, de la Unión de Consumidores de España (UCE), ha señalado que la sentencia había creado muchas expectativas «porque hay un sentimiento generalizado» de que la Sociedad General de Autores (SGAE) estaba cometiendo un abuso al cobrar el canon de forma indiscriminada, «convirtiendo -ha precisado- a todos los consumidores casi en delincuentes».

La resolución del alto tribunal europeo ha provocado «una profunda frustración» para la UCE, ya que se limita exclusivamente a resolver el conflicto de la SGAE con los profesionales y las empresas.

«Ahora nos quedamos en solitario los consumidores, a los que se nos presupone que todos vamos a trapichear», ha señalado Alonso.

A su juicio, el mismo argumento que utiliza el Tribunal de Justicia de la UE para evitar que las empresas paguen el canon, se debería usar para que no repercuta en los consumidores.

En la misma línea, Rubén Sánchez, portavoz de FACUA, cree que es «contradictorio» presuponer que los particulares van a utilizar siempre los sistemas de almacenamiento de archivo para grabar obras protegidas por derechos de autor y lo contrario para empresas y profesionales.

Sánchez ha recordado que «hay multitud de usuarios que cuando compran una CD o un DVD su objetivo es almacenar las fotos de las vacaciones».

Para el portavoz de FACUA (Consumidores en Acción), el Gobierno debe ahora emprender una reforma legal integral, en la que el concepto del canon cambie por completo y deje de afectar tanto a empresas como a particulares.

El responsable de lo servicios jurídicos de la Confederación Española de organizaciones de amas de casa (CEACCU), Eugenio Ribón, entiende que la sentencia puede resultar extensible a los consumidores y usuarios «por aplicación analógica», aunque el tribunal responda a una cuestión planteada por un juzgado de Barcelona sobre un litigio que enfrentaba a una empresa con la SGAE.

A su juicio, «lo que se rechaza, en suma, es la presunción de criminalidad que atribuye la SGAE a cualquier adquirente de soportes informáticos».

«El tribunal europeo dice que se está ejerciendo un abuso por la presunción de pirateo que se va a hacer y el pirateo lo puede hacer tanto una empresa como un particular», ha subrayado.

No obstante, si la SGAE persiste en el cobro del canon a los consumidores, la CEACCU va a poner a disposición de los ciudadanos unos modelos de demanda judicial que se descargarán gratuitamente en Internet.

De «muy buena decisión» ha calificado la sentencia el portavoz de la Confederación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios (CECU), Antonio López, quien ha considerado que ahora el Gobierno deberá buscar una alternativa para que los autores puedan cobrar sus derechos.

«Es cierto que hay una industria discográfica que se está hundiendo y hay que solucionarlo, pero no con un canon indiscriminado para todo el mundo, los que cometen ilegalidades y los que no», ha apostillado.

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