La resolución judicial señala que el acusado, de 61 años y nacido en la República Dominicana, entregó un teléfono móvil, unas zapatillas, una consola de videojuegos, ropa y dinero al menor varón.
Además, se ganó la confianza de su hermana, también menor, prometiéndole que le pagaría 200 euros por hacerse unas fotos.
Los abusos sobre el varón se produjeron durante dos años, entre marzo de 2014 y marzo de 2016, en la vivienda del procesado, mientras que los cometidos sobre su hermana tuvieron lugar el 14 de abril de 2016.
Según el fallo, los abusos de los que fue objeto el varón comenzaron después de que su madre pidiese ayuda al acusado, a quien conocía por ser vecino suyo, para que convenciese a su hijo de que fuese al colegio, con el estímulo de poder apuntarlo al gimnasio del procesado.
La relación con su hermana empezó en las navidades de 2015, cuando la invitó a su casa para fotografiarse para unas revistas. La niña acudió acompañada de una amiga, también menor.
El procesado negó los delitos en el juicio y solo admitió que había obsequiado al menor varón para que fuera al instituto, con el consentimiento de su madre.
Sin embargo, el tribunal da credibilidad al testimonio de los niños y al de su propia madre, al entender que su versión de lo sucedido fue “firme, coherente y persistente, no evidenciándose divergencias ni modificaciones esenciales» en el relato de los hechos.
Igualmente, no aprecia que “los testimonios de los dos menores obedezcan a móviles espurios de odio, resentimiento o venganza, no constando que tuvieran enemistada con el acusado”.
Por ello, le considera responsable de un delito de abusos sexuales continuado sobre el varón, penado con diez años de prisión; otro de abuso sexual sobre su hermana, castigado con dos años y medio más, y un tercero contra la salud pública agravado por facilitar drogas a un menor, por el que le impone otros tres años.
También deberá indemnizar a las dos víctimas con 6.000 y 1.000 euros, respectivamente.
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