viernes, noviembre 22, 2024
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Condenan a dos años de cárcel a la madre acusada de vender a su hija menor

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La sentencia la considera responsable de un delito de trata de seres humanos, al igual que a otros dos acusados, F.C.M., el joven con el que se casó la menor, y su madre, M.M., a los que les impone la misma pena.

Las condenas son bastante inferiores a las solicitadas por la Fiscalía que iban desde los 6 a los 10 años de prisión, ya que entiende el tribunal que es aplicable la concurrencia de un error de prohibición vencible -creencia de que actuaban dentro de la legalidad-, atendiendo al contexto cultural en el que sucedieron.

Además de la pena de prisión, les impone la prohibición de aproximarse a la joven a menos de 500 metros y de comunicarse con ella por un periodo de tres años y en concepto de responsabilidad civil, los condena al pago, conjunta y solidario, de 6.000 euros a la menor en concepto de indemnización.

A F.C.M. se le absuelve del delito de abusos sexuales del que se le acusó por no haber quedado probado.

Se considera probado que a finales de 2017 el acusado F.C.M. conoció a la menor de 16 años, a través de Facebook y, después de mantenerse en contacto durante escasas semanas, él y su madre, M.M., entraron en contacto con A.L., madre de la adolescente y acordaron celebrar una unión por el rito gitano entre ambos.

Esta unión exigía una contraprestación económica por parte de la familia de F.C.M. y M.M. para A.L., cuya cifra exacta no se ha podido acreditar y a inicios de 2018, F.C.M. viajó a Rumanía, se celebró la unión entre él y la menor por el rito gitano y con anterioridad o simultáneamente se pagó parte de la contraprestación a A.L.

En febrero de 2018 los padres de la adolescente otorgaron en una oficina notarial rumana una procura autorizando a su hija a salir de Rumanía, desplazándose posteriormente el nuevo matrimonio a a Palos de la Frontera (Huelva), donde residían en el domicilio que el marido compartía con su madre.

En dicho domicilio la menor realizaba diariamente tareas de hogar y cuidado de otros niños pequeños que convivían en la casa o le eran encomendados y esporádicamente también realizó trabajos agrícolas.

En los siguientes meses el acusado recriminó a la adolescente que utilizara el teléfono sin su consentimiento, amenazándola de muerte.

En diferentes fechas de octubre de 2018, A.L. en conversación con su hija le insistió que debía pagarse la cantidad restante de la contraprestación y se llegó a un acuerdo de rebajar la misma hasta los 1.700 euros.

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