La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado este miércoles a veinte meses de prisión y al pago de dos multas de 480 euros cada una a un sacerdote que ha reconocido en el juicio que facilitó la celebración de matrimonios de conveniencia entre nigerianos y mujeres gitanas cuando estaba al frente de una parroquia ubicada en la pedanía murciana de Santo Ángel.
El acusado, F.N.F., se conformaba así con las penas pedidas por la fiscal del caso, lo mismo que hicieron los demás acusados, hasta sumar la veintena, que igualmente han reconocido los hechos y se han conformado con cumplir penas de un año de prisión y multas mínimas.
La Fiscalía, que inicialmente pedía cinco años de prisión y multas que sumaban 6.150 euros para el sacerdote, que actualmente ejerce su sagrado ministerio en una parroquia de Cartagena (Murcia), ha rebajado esas solicitudes al aplicarle la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, ya que los hechos que han quedado juzgados este miércoles fueron cometidos entre 2007 y2011.
El tribunal ha dejado en suspenso la pena de prisión por tres años, a condición de que durante ese tiempo no vuelva a cometer delito alguno, y en cuanto a las multas, podrá afrontar el pago de las mismas en diez plazos mensuales.
Con su reconocimiento, ha admitido que cometió dos delitos continuados de falsificación de documento oficial y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros al extender notificaciones por matrimonios no celebrados realmente y en los que no se había seguido la tramitación ordenada por la iglesia católica, además de pertenecer los supuestos contrayentes a confesiones religiosas distintas.
Con esos documentos, los interesados se presentaban en el Registro Civil y conseguían así el Libro de Familia y el permiso de residencia de los extranjeros por su unión con nacionales españolas.
La Fiscalía ha recogido en sus conclusiones que en el transcurso de las investigaciones llevadas a cabo por las fuerzas policiales se comprobó que el párroco había notificado un total de 16 matrimonios de ese tipo, apareciendo en el documento correspondiente, con destino al Registro Civil, su firma y el sello de la parroquia.
Ha añadido que no instruyó expediente matrimonial alguno, ni publicó las amonestaciones correspondientes, al no constar los domicilios de los interesados o ser estos inveraces, ni celebró de forma efectiva la ceremonia matrimonial religiosa.
El acuerdo de conformidad se ha alcanzado también con el resto de acusados, los participantes en los matrimonios de conveniencia, que igualmente han reconocido los hechos y se han conformado con cumplir penas de prisión que no superan el año y con el pago de multas de pequeña cuantía.
También en esos casos el tribunal ha dejado en suspenso el cumplimiento de la pena de prisión que les ha sido impuesta, condicionado a que durante un tiempo determinado no vuelvan a delinquir.
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