La Sección Tercera del tribunal de garantías ha dictado una providencia en la que admite el recurso de amparo cursado por una mujer que fue supuestamente golpeada y zarandeada por la Policía en una manifestación en Granada, en la que no estaba participando.
El tribunal entiende que «concurre una especial trascendencia constitucional» y pide al Juzgado de Instrucción 4 de Granada y a la Audiencia de Granada -que archivaron la causa contra los agentes- que le remitan todas las actuaciones y da un plazo para que se personen en el procedimiento al resto de partes
Los hechos habrían tenido lugar cuando la joven, que se encontraba ese día cerca del recorrido de la marcha paseando al perro, fue supuestamente retenida por varios agentes, que la habrían agarrado fuertemente del cuello, la zarandearon y golpearon y le causaron diversos hematomas, según informan en un comunicado la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) y Stop Represión.
La mujer presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, alegando que se habían vulnerado los derechos fundamentales «a la integridad física y moral en relación con la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas la garantías y uso de los medios pertinentes de prueba».
Su escrito pone de manifiesto que «la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la investigación de malos tratos prohibidos por el artículo 15 de la Constitución Española está siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdicción ordinaria».
En este sentido, las organizaciones sociales recuerdan que «este año el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó de nuevo al Estado español al constatar la ausencia de una investigación profunda y efectiva sobre las denuncias de un demandante de Pamplona que alegaba haber sido maltratado durante su detención incomunicada por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado».
Las organizaciones sociales celebran la admisión a trámite del recurso de amparo y esperan que el tribunal «reconozca el derecho a la tutela judicial efectiva y declare que se han violado los derechos fundamentales de la denunciante», que por tanto, «se revoquen todas y cada una de las resoluciones judiciales impugnadas» y que promueva con su resolución, el cumplimiento de la investigación de los delitos de torturas o tratos inhumanos. EFE
M.M.