Un agente de Policía Nacional de 53 años en el momento de los hechos ha sido condenado a nueve meses de prisión y al pago de una multa de 18 meses por abusos sexuales sobre otra agente con la que compartía servicio, en Alicante, después de echar un sedante en el café.
Dichos abusos se produjeron después de que el condenado vertiese una droga (lorazepam) en la bebida consumida por la víctima, que hizo que se quedase dormida, según la sentencia dictada por un tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe este viernes.
Los abusos se produjeron en dos jornadas distintas, la primera en una fecha indeterminada de enero de 2020 después de que el acusado proporcionase un café a su compañera de servicio al que previamente había introducido cierta cantidad de lorazepam.
Al consumir la bebida, la agente de Policía entró en un estado de somnolencia y, en ese momento, el procesado «aprovechó para desabrocharle el cinturón, bajarle la cremallera del pantalón, ver la ropa interior y tocarle un pecho» hasta que la mujer consiguió apartarle con el brazo.
El segundo de los abusos tuvo lugar en la noche del 31 de octubre al 1 de noviembre de 2020 cuando ambos compartían el turno de vigilancia en la puerta de entrada del hospital de campaña instalado en el Hospital General de Alicante, en el marco de la pandemia sanitaria de la covid-19.
El acusado también suministró un café a su compañera con la misma sustancia, lo que hizo que la víctima se quedara dormida en el periodo comprendido entre las 22:45 y las 5:00 horas en el vehículo policial.
De nuevo, según la sentencia, el procesado aprovechó esas horas para «desabrocharle el botón interno del ceñidor del cinturón y bajarle la cremallera del pantalón para verle las bragas».
La resolución judicial detalla que, en un registro autorizado de la taquilla del acusado realizado con posterioridad, se halló en su interior «una sustancia pulverulenta de color blanco» que resultó identificada como lorazepam.
En el informe emitido por el laboratorio se certificó que dicho medicamento provoca reacciones adversas como somnolencia, confusión, ataxia, mareos, sedación y cefalea, entre otros.
El acusado reconoció los hechos en el momento del juicio, de modo que tanto su defensa como la acusación particular, ejercida por la víctima, se adhirieron a las conclusiones finales de la Fiscalía y a la pena interesada.
Al margen de la pena de cárcel, que queda suspendida durante tres años, el tribunal condena al procesado al pago de las costas procesales y a indemnizar a la víctima con 13.300 euros.
Estrella Digital