«Una mujer borracha en los límites en los que se encontraba la mujer no está en condiciones de consentir o no una relación sexual», ha señalado el tribunal.
En una sentencia, que no es firme y ha sido dada a conocer este miércoles, el tribunal ha condenado al hombre por un delito de abuso sexual agravado, ya que penetró a la joven en dos ocasiones, anal y vaginalmente, y ha absuelto al otro por falta de pruebas.
En la sentencia, el tribunal ha detallado que solo se encontraron restos de semen del condenado, por lo que no considera suficiente su versión, en la que afirmaba que los dos habían mantenido relaciones sexuales consentidas con la joven.
Por otro lado, no ha encontrado pruebas de que, tal y como relataban las acusaciones, los hombres echaran una sustancia en la bebida de la mujer.
«Las acusaciones presumen que mediaron esas sustancias, pero ninguna prueba hay de ello; de lo que sí hay prueba más que suficiente es de una considerable ingesta de alcohol», ha señala el tribunal.
En este sentido, la sentencia ha indicado que cuando se examinó a la mujer en el hospital, la tasa de alcohol en sangre era “más que elevada”, teniendo en cuenta, además, que ya se encontraba “en fase descendente”.
Ello “permite colegir que cuando ocurrió la doble penetración la mujer se encontraba notoria y gravemente influida por el alcohol, lo que se corresponde con el estado de sopor y falta de consciencia que la mujer ha relatado a lo largo de todo el procedimiento”, añade el tribunal.
Considera probado que los acusados invitaron a la mujer a irse a dormir con ella después de conocerla en un bar de fiesta de Noja y que la joven tenía «las facultades intelectivas y volitivas seriamente mermadas» por esa ingesta de alcohol.
El tribunal ha relatado que una vez en el piso de los procesados, la mujer se quedó dormida en el salón y el condenado aprovechó para abusar de ella, mientras que el otro “se dirigió a su cuarto, donde se metió en la cama y se quedó dormido».
La mujer “tenía su voluntad tan afectada que no se enteró prácticamente de nada”, y tal era su estado que cuando fue penetrada vaginalmente “ni siquiera se dio cuenta de que estaba usando un tampón”, que le encontraron en la exploración al día siguiente.
El condenado relató en el juicio que las relaciones fueron consentidas y que solo la había penetrado vaginalmente, lo que, según el tribunal, “no se corresponde con las pruebas que se han practicado”, que han demostrado la existencia de semen del hombre en la vagina y el ano de la mujer.
Sobre el supuesto acuerdo entre ambos para mantener relaciones, la Audiencia ha afirmado que «una mujer borracha en los límites en los que se encontraba la mujer no está en condiciones de consentir o no una relación sexual». EFE
A.M.