La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, lo condena por ese segundo delito a 55 días de trabajos en beneficio de la comunidad, y por un delito leve de injurias, a cinco días de actividades comunitarias.
Igualmente, el tribunal le impone tres órdenes de alejamiento de 500 metros por tiempo de ocho años, un año y tres meses y, además, deberá indemnizarla con diez mil euros por daños morales.
El relato de hechos probados señala que el acusado inició una convivencia con la víctima en la primavera de 2019 pese a que conocía que ella tenía solo quince años.
En fecha no concretada, pero entre junio y julio de 2020, cuando ya estaba embarazada le propinó varias patadas y la echó de la casa, mientras que unos meses después le envió mensajes insultándola y diciéndole que le iba a quitar al hijo, además de desearle la muerte.
La sentencia señala asímismo que el denunciado desconocía que en los actos de contenido sexual con menores de 16 años el consentimiento de estos no tiene valor alguno. EFE